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Alta en el impuesto sobre bienes e inmuebles
(IBI)
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Licencia de actividad (licencia
MUNICIPAL)
Alta en el impuesto sobre bienes e
inmuebles (IBI)
¿Dónde y cómo darse de alta en el IBI?
- En
las oficinas municipales de registro.
- En
los Registros de la Administración General del Estado, Comunidades
Autónomas, y en todas aquellas que establecen las disposiciones vigentes.
- Mediante
las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre.
Las
declaraciones podrán ser presentadas por el titular o por cualquier otra
persona en su lugar:
- Si
lo presenta otra persona (gestor, mensajero...) pero el modelo o escrito
va firmado por el interesado, no hace falta autorización.
- Si
el modelo o escrito lo realiza y firma un representante del interesado, sí
es necesario acreditar la representación, por cualquier medio válido en
derecho que deje constancia fidedigna, o mediante declaración en
comparecencia personal del interesado (ver artículos 45 y 46 Ley 58/2003,
sobre representación legal y representación voluntaria).
Plazo: 2 meses desde que se produce la variación
física, jurídica o económica.
Licencia de
actividad (licencia MUNICIPAL)
Uno de los trámites necesarios para iniciar la actividad de
la empresa es la solicitud de las licencias pertinentes en función del tipo de
actividad de la empresa. Estas solicitudes se deberán realizar en el
ayuntamiento del municipio en el cual la empresa ejercerá su actividad.
Entre los tipos de licencias más habituales se
encuentran:
- Licencia
de Actividades e instalaciones y obras
Para el inicio de actividad en un determinado local (bien
sea éste un local comercial, un almacén, una oficina, una vivienda, etc.) será
necesaria la obtención de la correspondiente licencia urbanística municipal,
aprobada por el ayuntamiento donde se ubique el establecimiento.
- Licencia
de Funcionamiento
La licencia de funcionamiento tiene por objeto autorizar la
puesta en uso de los edificios, locales o instalaciones, previa constatación de
que han sido efectuados de conformidad a las condiciones de la licencia de
actividades e instalaciones y de que se encuentran debidamente terminados y
aptos, según las condiciones urbanísticas, ambientales y de seguridad de su
destino específico.
Está sujeto a licencia de funcionamiento el ejercicio de
toda actividad considerada como calificada y la puesta en marcha de toda
instalación, para la que se haya otorgado licencia.
Estas solicitudes se deberán realizar en el ayuntamiento del
municipio en el cual la empresa ejercerá su actividad.
Para solicitar dichas licencias existen distintos
procedimientos:
• Procedimiento
Ordinario:
Se tramitan por este procedimiento las solicitudes de licencia
que requieran proyecto técnico para ejecutar las obras necesarias para la
implantación o modificación de la actividad. Según el tipo de proyecto técnico,
el procedimiento ordinario podrá ser común – si necesita proyecto de obras de
edificación - o abreviado.
• Implantación
o Modificación de Actividades (IMA):
Fundamentalmente se tramitan por este procedimiento las
solicitudes de licencia para actividades que requieran algún documento técnico
exigido por la normativa sectorial o están incluidas en el Catálogo de la Ley
de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas o tienen algún tipo de
impacto medioambiental.
• Comunicación
Previa:
Se tramitarán mediante comunicación previa las solicitudes
de licencia para actividades que no requieran ningún documento técnico exigido
por la normativa sectorial y se realice obras de pequeña entidad.
• Declaración
Responsable:
Mediante un documento suscrito por el titular de la
actividad, este manifiesta, bajo su responsabilidad que cumple con los
requisitos urbanísticos y sectoriales exigidos por la normativa vigente para
implantar, modificar o ejercer la actividad, que dispone de la documentación
que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el
tiempo en que ejercite su actividad.