lunes, 23 de mayo de 2016

LA MEJOR APP PARA LLAMAR GRATIS

                           

ESTA ES LA MEJOR APP PARA

LLAMAR GRATIS


WhatsApp, Facebook Messenger, Skype… hoy en día existen tantas aplicaciones que te permiten realizar llamadas gratuitas que es normal que hayas colapsado y hayas instalado la primera que se te haya ocurrido. Comprobemos si es la más adecuada para ti.

En este artículo analizamos cuál es la mejor app para ti, para tus necesidades, para tus deseos y, sobretodo, 
para tus contactos.

¿Coincidirá nuestra recomendación con la aplicación que usas?


Existe un 99,9% de posibilidades de que te lleves una sorpresa.

WhatsApp, Facebook Messenger, Skype... Hoy en día existen decenas de apps del tipo VOIP, es decir, "Voz sobre Protocolo de Internet o Telefonía IP", o lo que es lo mismo: aplicaciones que te permiten utilizar Internet como medio de transmisión de las llamadas telefónicas, enviando datos de voz usando IP.

Estas apps te permiten llamar "gratis". Y escribo "gratis" entre comillas porque en realidad las aplicaciones utilizan los datos de tu móvil. Si llamas vía WiFi, efectivamente, no gastas datos así que llamas de gratis. Pero si llamas usando 3G/4G, las llamadas te cuestan datos.

Aclarado este asunto, con tantas apps que te permiten llamadas gratuitas...

...¿Cuál es la aplicación que parece haber sido creada especialmente para ti?


Estoy 100% seguro que estás usando la aplicación incorrecta para tus necesidades.

¿Por qué usas WhatsApp para llamadas sobre el trabajo?

¿Por qué usas Facebook Messenger para quedar con tu grupo de amigos?

Aquí tienes 5 soluciones geniales para 5 tipos de personas diferentes. 

¡Elige la o las que mejores te convengan o se adapten a tu estilo de vida!



1. Skype



Skype es, de lejos, la app VOIP más popular en todo el mundo. No solo porque fue una de las primeras en ofrecer llamadas o videollamadas gratuitas sino también porque la calidad de su servicio es impecable. Te puedes descargar Skype totalmente gratis sin necesidad de suscribirte a nada.

3 razones por las que deberías usar Skype:


Skype es una app muy enfocada al mundo empresarial. ¿Necesitas hablar con personas a distancia por motivos de negocio con frecuencia? Skype es tu solución

¿Prefieres hablar con múltiples amigos o familiares a la vez? La función de llamada grupal de Skype es impecable

Realizar llamadas internacionales con Skype es jugosamente barato. Si viajas mucho o tienes familiares fuera de tu país, considera utilizar esta aplicación


Skype es tu app de VOIP eres una persona de negocios y/o con la necesidad de realizar llamadas nacionales e internacionales con mucha frecuencia.





2. WhatsApp




WhatsApp es una recomendación extraña. Para empezar, esta aplicación ha sido de las últimas en incluir llamadas de voz entre sus servicios y la verdad es que su calidad no es ni buena ni mala. No destaca ni deslumbra, así que, ¿por qué te la recomiendo? Por pura conveniencia: tienes a todo el mundo en WhatsApp y todo el mundo tiene WhatsApp. Te resultará más fácil llamar desde esta aplicación que desde cualquier otra.

3 razones por las que deberías usar WhatsApp:


La popularidad de WhatsApp es su gran fuerte. Si tienes que realizar una llamada de emergencia a alguien, te resultará más fácil conseguir por esta app

Aquí tienes una razón que no te esperabas: te interesa usar WhatsApp para convencer a tus contactos a que se pasen a otras aplicaciones mucho mejores, como Skype

Aunque WhatsApp ha sido de las últimas en incluir llamadas gratuitas, se acercan novedades interesantes como un contestador automático o las videollamadas


WhatsApp es tu app de VOIP si tu única inquietud es hablar de tanto en cuanto con tus contactos y amistades para contar anécdotas o chismorrear.




3. Hangouts



Hangouts es la alternativa a Skype para los fans acérrimos de Google. Aunque en un inicio muy pocos apostábamos por Hangouts, poco a poco ha ido consiguiendo adeptos gracias a sus funciones jugosas para los fans de los chats grupales y a su extrema facilidad de uso.

3 razones por las que deberías usar Hangouts:


Casi todo el mundo tiene una cuenta de Google. Si tienes Google, tienes Hangouts. Si tienes Hangouts, es súper sencillo llamar a tus contactos o escribirles. Lo mismo si eres un usuario de Android

Realizar una llamada con Hangouts, sea por voz o sea por vídeo, es mucho más rápido y sencillo que la competencia. Si prefieres hablar cara a cara, aunque sea de forma virtual, en lugar de usar texto, Hangouts te encantará

Al igual que con Skype, Hangouts es una excelente opción para conversaciones de grupo. Da igual si entran o salen personas de la conversación; el servicio aguanta la imprevisibilidad del ser humano a la perfección


Hangouts es tu app de VOIP si eres una persona extrovertida con muchos amigos y te gusta mantener conversaciones grupales largas.




4. Facebook Messenger



Tienes a los amigos en el WhatsApp (y a tus padres bloqueados) mientras que en Facebook no dejas de avergonzarte de los comentarios de tu abuela en cada una de tus fotos. Las llamadas de voz de Messenger tienen una buena calidad e incluso un mayor alcance de audio que las llamadas normales pero tardarás más en establecer una conexión que con el resto de apps de VOIP.
Una función chula de Facebook Messenger es que te permite dejar mensajes de voz si el contacto no estaba disponible en la llamada.

3 razones por las que deberías usar Facebook Messenger:


Al igual que ocurre con WhatsApp, el 99% de las personas que conoces tienen Facebook. Si tienen Facebook, tienen una cuenta de Messenger

Las opciones de comunicación de Messenger con más amplias y versátiles que el resto de aplicaciones. Resulta muy sencillo pasar de hablar por texto a hablar por voz o viceversa

La calidad del audio y de su alcance convierten Messenger en una app perfecta para charlar con alguien mientras estás realizando otra tarea en la habitación en la que estés llamando


Facebook Messenger es tu app de VOIP si te consideras una persona casera que prefiere conversaciones tranquilas y sin pausa. Imprescindible además si te gusta hablar mucho con tus familiares; todos ellos estarán en tu Facebook.




5. Viber



Viber a primera vista puede parecer la versión pobretona de Skype ya que, siendo sinceros, Skype supera en Viber en todo: en el diseño e interfaz de la versión para ordenador, en la calidad de las llamadas... Pero existe un motivo potente por el que Viber es una opción genial: su uso de tus datos es la más mínima de toda la gama de servicios.

3 razones por las que deberías usar Viber:


Viber gasta más o menos 250KB de tus datos por minuto de llamada; mucho menos de los que utiliza Skype. A cambio, Viber tiene una peor calidad de llamada, evidentemente, pero es la mejor opción cuando tienes que llamar y no tienes WiFi que te salve de usar datos

Su versión web está más depurada que las de otras como la de la paupérrima WhatsApp Web. Te permite sobretodo jugar con una de las grandes bazas de Viber: las pegatinas

Pese a que la calidad de las llamadas de Skype es superior a la de Viber, esta vence a Skype de dos formas: con Viber puedes pasar de una conexión WiFi a 3G/4G o viceversa sin perder la llamada (cosa que puede ocurrir con Skype muy a menudo) y además su cobertura es excelente


Viber es tu app de VOIP si por circunstancias de la vida realizas muchas llamadas de voz sin contar con WiFi. ¿Quieres ahorrar datos? Viber es tu opción.



Pero esto es sólo el comienzo, porque…
¡ seguimos trabajando !


Fuentes: Android Authority, LifeHacker, Computer Geek Blog, Android Headlines, App Dazzle, About Tech

domingo, 22 de mayo de 2016

LOS DIEZ TRABAJOS MEJOR PAGADOS EN ESPAÑA DURANTE: 2015

LOS DIEZ TRABAJOS MEJOR PAGADOS EN ESPAÑA DURANTE: 2015


Los diez trabajos mejor pagados en España durante: 2015


Uno de los aspectos más importantes a la hora de acceder a un empleo es el salario. El portal de empleo Infojobs ha analizado, en su informe sobre el mercado laboral en España

¿ cuáles son los puestos de trabajo con 
mejores sueldos ?

En el análisis, elaborado en colaboración con Esade, repite la Dirección e Ingeniería como el puesto mejor pagado, con un salario medio de 71.000 euros. Los odontólogos suben un puesto, hasta la segunda posición, con un sueldo medio de 55.000 euros, mientras que los Directores de informática ocupan la tercera plaza, con 53.400 euros de sueldo medio.

Esta es la lista con los 10 empleos mejor pagados en España en el año 2015, según Infojobs y Esade.

1. Dirección de Proyectos de Ingeniería


El salario promedio de este perfil es de 70.956 euros, aunque la desviación salarial se eleva hasta los 17.853 euros, dependiendo de la naturaleza de la empresa en la que desempeñe el cargo.


2. Odontólogo


La profesión de odontólogo ha experimentado una demanda creciente desde 2011. En Infojobs se publicaron 3.817 vacantes, 1.230 más que el año anterior, con un salario promedio de 54.748 euros. En este caso, el salario medio ha descendido en más de 4.000 euros. Presenta una desviación salarial de 19.648 euros, dependiendo de la empresa en la que se desempeñe el cargo. El bajo nivel de competencia (13 personas por oferta, 6 menos que el año pasado) y el elevado salario, la convierten en una profesión atractiva.


3. Dirección informática


Este cargo se recupera a nivel salarial, al situarse en 53.396 euros, casi 4.000 más que el año anterior. Como otros puestos de dirección, presenta una elevada desviación, de más de 21.000 euros.


4. Ortodoncista


En la misma línea que los odontólogos, son especialistas muy bien valorados, y su salario medio se eleva hasta los 52.798 euros.


5. Dirección comercial


La demanda por este puesto se mantiene estable respecto a 2014, con 963 vacantes. El salario promedio crece hasta los 52.406 euros.


6. Manager industrial


Puesto relacionado con la gestión de empresas industriales, que requiere formación en ingeniería. El salario promedio es de 40.151 euros en 2015, casi 5.000 más que el curso precedente.


7. Director de empresa


La demanda de directores generales se ha disparadon más de un 40% respecto a 2014. El salario promedio es de 49.445 euros, pero presenta la mayor desviación salarial, con más de 30.000 euros, dependiendo de si se trata de una gran empresa o una pyme, nacional o multinacional, si es un sector puntero en tecnología...


8. Director financiero


Las vacantes para este puesto menguan año a año. Se trata un puesto con alta saturación (con 287 inscritos por vacante) y un salario medio de 45.586 euros.


9. Comercial venta directa


Estos comerciales, dedicados a la venta fuera de establecimientos comerciales, tienen un salario de 43.535 euros. Su demanda ha decrecido.


10. Comercial inmobiliario



Su aparición en el ranking de profesiones mejor pagadas confirma la recuperación del sector inmobiliario. Su demanda ha crecido un 52% el último año, y el salario medio se ha elevado hasta los 42.685 euros.


miércoles, 4 de mayo de 2016

QUÉ GASTOS PUEDE DEDUCIR EL AUTÓNOMO EN EL IRPF

GASTOS QUE EL AUTÓNOMO PUEDE DEDUCIR EN EL IRPF

GASTOS QUE EL AUTÓNOMO PUEDE DEDUCIR EN EL IRPF




¿Qué gastos son deducibles en el autónomo?

¿Qué requisitos pone la Agencia Tributaria para desgravar gastos procedentes de la actividad de un trabajador por cuenta propia?


Dudas que asaltan mes tras mes a este colectivo, pero que son más latentes conforme se acerca la fecha de presentación de la Declaración de la Renta.
  • Los pagos a la Seguridad Social a cargo de la compañía, como cotizaciones del empresario autónomo y cotizaciones de empleados. Cuando se trate de aportaciones a mutualidades de previsión social, será posible deducir la mitad de la aportación por contingencias comunes. 
  • El pago a los trabajadores por sueldos, salarios, dietas y asignaciones para gastos de viajes, pagas extras, premios, indemnizaciones y retribuciones en especie. 
  • Los servicios profesionales de abogados, asesores, notarios, auditores, además de las comisiones a mediadores de negocio o comerciales. 
  • Los alquileres, que pueden hacer referencia a los locales en donde tiene lugar la actividad, o los del tipo arrendamiento financiero como el leasing, cuando no tenga por objeto solares, terrenos u otros activos no amortizables. 
  • Es posible incluir los gastos de formación, seguros de salud, indemnizaciones por rescisión de contrato, contribuciones a planes de pensiones o planes de previsión social.
  • Los gastos en mantenimiento, repuestos y adaptación de bienes materiales. No se tendrán en cuenta los gastos de mejora o ampliaciones al tratarse de inversiones amortizables en el tiempo. 
  • Los gastos de consumo y explotación, que hacen referencia a las materias primas y auxiliares, compras de mercaderías, embalajes, envases, combustibles, material de oficina, elementos y conjuntos incorporables. 
  • Serán deducibles los gastos en desarrollo e investigación, relaciones públicas, publicidad, servicios bancarios, agua y telefonía, suministros de electricidad, primas de seguros, transportes y otros gastos típicos de oficina no contemplados en los puntos anteriores. 
  • Gastos financieros, que hace referencia a los derivados del pago de intereses de créditos y préstamos, recargos por aplazamiento del pago de deudas y los intereses de demora en los aplazamientos a la Agencia Tributaria.


También serán deducibles:

  • Los gastos procedentes de la amortización del inmovilizado.
  • Los gastos derivados de las pérdidas por deterioro del valor de elementos patrimoniales.
  • Los gastos de difícil justificación cuentan con un límite anual de deducción, que llegará a los 2.000 euros en caso de autónomos en estimación directa simplificada.
  • Los autónomos que tributan en estimación directa normal deducirán las provisiones vinculadas con facturas no cobradas.


Fuente: Agencia Tributaria, Grupo PRISA 



¿TENGO QUE HACER LA DECLARACIÓN SI ESTOY EN PARO?

¿TENGO QUE HACER LA DECLARACIÓN SI ESTOY EN PARO?

¿TENGO QUE HACER LA DECLARACIÓN SI ESTOY EN PARO?




El paro tributa en el IRPF como si fuera un sueldo más, por lo que si se llega al mínimo obligatorio para presentar la Declaración, hay que hacerla.


No todos los desempleados se encuentran en la misma situación: algunos han trabajado parte del año y otra no, otros han capitalizado el paro, en algún caso solo tienen la prestación como ingreso...
Como se recuerda en el siguiente texto, aunque todos estén sin trabajo, sus declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) serán muy diferentes y hasta, en algunos casos, no tendrán la obligación de presentarla.

Pero conviene tener en cuenta que el paro tributa como si fuera un sueldo más, por lo que si se llega al mínimo obligatorio, hay que hacer la Declaración.

Ahora veremos:
  1. ¿Tengo que hacer la Declaración si no he trabajado en todo el año?
  2. He trabajado una parte del año y otra he cobrado el paro
  3. He pedido el paro en un solo pago, ¿tengo que hacer Declaración?
  4. Si el SEPE nos retiene poco, habrá que pagar
  5. ¡Hay que estudiar si nos sale a devolver!



¿Tengo que hacer la Declaración si no he trabajado en todo el año?


La ley considera las prestaciones por desempleo como rendimientos íntegros del trabajo, es decir, como si se recibiera un salario. Por eso, tributan en el IRPF (hasta en la prestación por desempleo aparece una retención) y, si se llega al mínimo de ingresos obligatorio para declarar, hay que presentar la Declaración ante Hacienda.

Sin embargo, si en un año solo se ha recibido como salario la prestación por desempleo, con el Servicio Público de Empleo (SEPE) como único pagador, no se está obligado a presentar la Declaración, pues no se supera el tope de rentas, que es de 22.000 euros anuales. Eso sí, si se tienen otros ingresos (rentas de un alquiler, un premio, etc.) hay que asesorarse, porque quizás se tenga que rendir cuentas al fisco y se defraude a la Agencia Tributaria sin saberlo.



He trabajado una parte del año y otra he cobrado el paro


Si en el mismo año una persona tiene un trabajo durante unos meses y durante otros recibe el paro, la situación cambia ¡y mucho! Se pasa a tener dos pagadores (la empresa y el Servicio Público de Empleo), con lo cual es obligatorio presentar la Declaración de la Renta a partir de un determinado nivel de ingresos mucho más bajo, que se sitúa en 12.000 euros (si la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores supera la cantidad de 1.500 euros anuales). Por ejemplo, si se ha cobrado el paro hasta abril de 2015 y se ha trabajado el resto de meses, se estará obligado a declarar, si en total se obtuvieron 12.000 o más euros y se percibió del segundo pagador más de 1.500 euros.


He pedido el paro en un solo pago, ¿tengo que hacer Declaración?


No. Si se capitaliza el paro (se pide un pago único), esta prestación está exenta de tributar por el IRPF hasta el límite de 15.500 euros con carácter general. Será sin límite alguno, en el caso de personas con discapacidad que se conviertan en trabajadores autónomos.

Quien decida emprender una actividad profesional puede solicitar la capitalización. Así, el SEPE le adelanta lo que le queda por cobrar de la prestación por desempleo y con ello puede financiar la inversión necesaria para montar un negocio o pagar las cuotas a la Seguridad Social.


Si el SEPE nos retiene poco, habrá que pagar


El paro se considera una renta del trabajo y, en consecuencia, el SEPE retiene de esta prestación un porcentaje del IRPF, que luego se ajusta en la Declaración de la Renta. El porcentaje de retención se calcula en función del importe total que se vaya a cobrar por las prestaciones a lo largo de un año y también teniendo en cuenta las circunstancias personales y familiares (hijos, etc.).

Si retienen poco o nada, es fácil que al presentar la Renta se tenga que pagar. Para evitarlo, se puede solicitar al SEPE que incremente las retenciones que practica sobre la nómina de la prestación por desempleo.


¡Hay que estudiar si nos sale a devolver!


Aunque no se tenga obligación de presentar la Declaración, a veces puede ser beneficioso realizarla. Siempre conviene hacer la Declaración y, si se ve que sale a devolver, presentarla. De este modo, se recuperará lo que la Agencia Tributaria ha estado cobrando de más durante todo el ejercicio.

En el caso de estar recibiendo el paro es difícil que se dé esta circunstancia pues las retenciones del SEPE son muy reducidas y, casi siempre, habrá que pagar a Hacienda.

Cómo obtener el certificado de retenciones

  

Cómo obtener el certificado de retenciones


Si durante el año 2015 se cobra el paro, es posible obtener el certificado de retenciones del IRPF a través de Internet. La Agencia Tributaria tiene ya la información registrada, por lo que si se tiene el borrador, lo normal es que aparezca en él o en nuestros datos fiscales.

Si se necesita solicitarlo, se puede acudir a la Sede Electrónica del SEPE y clicar en la pestaña "Procedimientos y servicios", después en "Personas" y allí consultar "Obtención de Certificados". Se puede acceder de dos formas: con certificado digital, DNI electrónico o clave; o bien con los datos de contraste (NIF, número de cuenta, fecha de solicitud o teléfono móvil).


Fuente: Consumer.

domingo, 1 de mayo de 2016

¿QUÉ ES RENTA WEB?

¿QUÉ ES RENTA WEB?

¿Qué es Renta WEB?


Renta WEB es el nuevo servicio para completar y presentar la declaración de la Renta que ha desarrollado la Agencia Tributaria de cara a la Declaración de la Renta 2015. Es un sistema que ha unificado en una sola herramienta las dos fórmulas para presentar la declaración: el borrador y el programa PADRE.

A Renta Web hace falta acceder con algún sistema de autentificación, y permite incorporar al borrador datos fiscales que no hayan sido aportados por Hacienda, lo que facilita el trámite para el contribuyente. 


El nuevo sistema estará operativo hasta el día del inicio de la campaña, el 6 de abril.




¿Quién puede usar este sistema?


¿Quién puede usar este sistema?Renta Web lo pueden usar todos los contribuyentes. No obstante, la opción de confirmar el borrador no está disponible para todos; aquellos que obtengan rentas procedentes de actividades económicas u obtengan ingresos de alquiler de una vivienda (o tengan más de ocho viviendas en propiedad) tendrán que presentar declaración con el programa PADRE. 
En cualquier caso, la presentación por vía telemática con el programa PADRE también se realiza a partir del portal Renta Web, que aportará al contribuyente los datos fiscales que obran en poder de Hacienda, a los que habrá que añadir los que incorpore el contribuyente.


¿Cómo accedo a Renta Web?


¿Cómo accedo a Renta Web?Para acceder al sistema es necesario autentificarse con los sistemas homologados por la Agencia Tributaria, es decir, un certificado digital o DNI electrónico, con el sistema cl@ve PIN 24h o con número de referencia.

El número de referencia es el mecanismo de acceso más sencillo; simplemente con tener disponible el resultado de la declaración de 2014. La Agencia Tributaria enviará al teléfono móvil la clave de acceso correspondiente.

El sistema cl@ve PIN 24H permite más operaciones que la simple confirmación del borrador. Para obtenerlo hay que registrarse en la Agencia Tributaria y solicitar que ésta envíe al contribuyente un número de referencia. Con éste se rellena un formulario y Hacienda asocia un número de teléfono a la identidad del usuario, que para realizar trámites fiscales solo tendrá que solicitar que se le active un PIN, cuya validez será de 24 horas.


¿Qué ventajas tiene?


¿Qué ventajas tiene?El sistema Renta WEB permite realizar la declaración con el programa PADRE sin necesitar de descargarlo ni actualizar Java. Esto permite presentar la Renta desde teléfonos móviles o tabletas.

Al tratar directamente con los servidores de Hacienda, la información fiscal que se incorpore con esta herramienta queda guardada para la Agencia Tributaria. De hecho, se podrá empezar la declaración en un dispositivo y finalizarla en otro.
A través del resumen de declaración, este sistema permite comparar, en las unidades familiares, cual es la opción más ventajosa de declaración, si individual o conjunta.


¿Cómo funciona?


¿Cómo funciona?Una vez que el usuario ha sido identificado, el sistema Renta Web le mostrará en un menú desplegable con los servicios disponibles, es decir, consultar el borrador o presentar la declaración. Ello dependerá del tipo de ingresos recibidos por el contribuyente en el año 2015.


En todo caso el contribuyente visualizará en una pantalla sus datos personales y familiares, que deberá verificar o actualizar. Posteriormente el sistema ofrece una vista previa de la declaración para su revisión por el usuario. Hacienda incorporará en esta pantalla todos los datos que tenga a su disposición, aunque sean incompletos.
Hecho esto, el contribuyente puede continuar con la declaración, aportar nuevos datos o, si puede, confirmar el borrador. Eso dependerá del tipo de ingresos que haya obtenido.


¿Qué sabe Hacienda de nosotros?


¿Qué sabe Hacienda de nosotros?Hay veces que Hacienda sabe más sobre nosotros que nosotros mismos. Es lo que la Agencia Tributaria denomina "datos negros", y son aquellos sobre los que los servidores del fisco tienen toda la información necesaria. Por ejemplo, lo que cobramos por rendimientos del trabajo o las retenciones practicadas por este motivo.

También hay información sobre la que Hacienda tiene información amplia, pero no completa, como por ejemplo algunos tipos de ganancias patrimoniales, datos sobre hipotecas o información catastral. Son "datos azules". El contribuyente recibirá una sugerencia de Hacienda sobre estos datos, que deberá en todo caso verificar o corregir.

En último lugar están los "datos rojos", que son aquellos sobre los que el conocimiento de Hacienda es muy limitado y el contribuyente debe incluir manualmente. Son ingresos por alquileres, determinadas ganancias patrimoniales o algunas operaciones que pueden dar lugar a subvención.

Fuente: Grupo PRISA