domingo, 3 de agosto de 2014

Trámites en la Consejería de Trabajo, para crear tu empresa.


  • Comunicación de apertura del centro de trabajo

         •       Comunicación de apertura del centro de trabajo
 Constituida la Sociedad o decidida por el empresario la iniciación de su actividad, se deberá proceder a la comunicación de apertura del centro de trabajo, a efectos del control de las condiciones de Seguridad y Salud Laboral.

Documentación:
Formulario oficial que se facilita en la Dirección Provincial del Ministerio de Empleo y Seguridad Social o en la Consejería correspondiente de la Comunidad Autónoma.

Lugar:
Dirección Provincial del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Observaciones:
La Declaración de Apertura debe efectuarse por el representante legal de la Sociedad o empresario individual.

Otros trámites:
A realizar en la Dirección Provincial de Empleo y Seguridad Social. Adquisición y sellado de los siguientes documentos:
•         Libro de visitas (que se obtiene en Inspección de Trabajo)
•      Calendario laboral elaborado por la empresa, que deberá colocarse en lugar visible del centro de trabajo.

Plazo:
La comunicación se efectuará dentro de los treinta días siguientes a la apertura de un centro de trabajo o reanudación de la actividad después de efectuar alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia.


                                                                                                                                                VOLVER


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