SEIS
HERRAMIENTAS PARA HACER LA “DECLARACIÓN DE LA RENTA 2015”
Llega la campaña
de la renta 2015. Superada ya la
etapa del bolígrafo y la calculadora, quien conserve dudas sobre cómo cumplir
el primaveral trámite con Hacienda aún puede acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria (aunque para ello es imprescindible solicitar cita previa) o
a las de su entidad bancaria. No obstante, en la presentación de la declaración
Internet sigue ganando terreno a las relaciones tradicionales.
Este año Hacienda ha
estrenado, de hecho, su nuevo sistema: Renta WEB, que
incluye en una sola herramienta informática el borrador de declaración y el
programa PADRE. Igualmente, está
disponible el servicio de confirmación de borrador telefónico, a través del 901 200 345. En todo caso, tanto para
confirmar o modificar el borrador, o bien para presentar la declaración, es
necesario que el contribuyente se identifique.
Número de referencia (RENO)
El número de
referencia es el sistema más sencillo para realizar la Declaración de la Renta. Permite realizar la
mayor parte de los trámites, como consultar, modificar y confirmar el borrador,
tanto a través del sistema Renta WEB
como por
teléfono. El número de
referencia también vale para descargar datos fiscales y presentar la
declaración mediante el programa PADRE. Vale
también para cambiar el domicilio fiscal o presentar declaraciones
complementarias.
Para usar el sistema RENO el contribuyente solo necesita el
número de referencia, que puede obtener si la Agencia Tributaria le envía por correo una copia del borrador o si
su empleador tiene formado convenio con la Agencia Tributaria.
El número de
referencia también se puede conseguir en la página web de la Agencia Tributaria, proporcionando el resultado
de la casilla 490 del borrador o de
la declaración de la Renta del año pasado, denominada:
"base liquidable general y base liquidable del ahorro".
Los nuevos declarantes o
con casilla 490 del año anterior igual a 0 deberán aportar el Código Internacional de Cuenta Bancaria (IBAN) de una cuenta
bancaria de su titularidad. Hacienda enviará al teléfono móvil que el usuario
introduzca en el sistema un SMS con
el número de referencia que, junto con el NIF se usará como identificador en
los trámites fiscales.
No podrán disponer de
número de referencia los contribuyentes que hayan presentado ya la declaración
o los que hayan pedido que se deshabilite este servicio.
Sistema cl@ve PIN
El PIN 24 horas es de uso más sencillo que los certificados electrónicos o el DNI digital,
e igualmente evita desplazamientos innecesarios. Para poder usarlo es
necesario, primero, estar registrado en la Agencia
Tributaria, a través del sistema cl@ve. El registro se puede realizar a través del DNI Electrónico o el Certificado Digital, bien a partir de un número de referencia,
llamado CSV, que proporciona
Hacienda por correo postal.
Obtener código de acceso Clave PIN |
Una vez registrado en
el sistema, el usuario puede solicitar un PIN
a través de la WEB de la Agencia Tributaria o a través de la aplicación para móvil. En
ambos casos recibirá un código de validez limitada, 24 horas, que puede usar para realizar los trámites con Hacienda,
tanto por vía electrónica como telefónica.
DNI digital
Si no lo tenemos todavía,
se puede solicitar en una Comisaría de Policía y para utilizarlo solo se
necesita un ordenador con un lector de tarjetas y la contraseña. El declarante
cumplimenta la declaración y la entrega validada por este certificado.
Certificado Electrónico
Un Certificado Electrónico es un sistema informático
que sirve
para identificar a una persona a través de Internet.
Son varias las entidades
en las que podemos gestionar la solicitud del Certificado Electrónico. No obstante, es necesario acreditar la
identidad en una oficina “real”. Una vez descargado el certificado desde la
misma página de Internet y en el mismo ordenador, ya se puede realizar los
trámites. El certificado hay que renovarlo antes de que caduque.
Programa PADRE
Aunque el servicio Renta WEB es el mecanismo estrella de esta campaña
de la renta, la Agencia Tributaria también permitirá descargar el Programa PADRE en el ordenador del
usuario.
El contribuyente puede rellenar la declaración mediante este sistema.
Posteriormente, la declaración puede imprimirse y presentarse tanto en el banco
como en la Agencia Tributaria.
Algunos bancos por Internet permiten presentar la declaración a través de su
página web, adjuntando un archivo especial generado por el programa PADRE.
Fuente: Agencia
Tributaria, Grupo PRISA
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